Federación Mexicana de Diabetes, A.C.

En todas sus actividades, la FMD observa el siguiente código de ética que fija las pautas y normas de conducta que rigen en la organización y deben ser respetadas, observadas y promovidas por todos los miembros, sean voluntarios o remunerados.

Este Código de ética promueve también una relación con las instituciones del sector público con quienes mantendrá una relación respetuosa de la autoridad sanitaria y de las políticas institucionales y es siempre coadyuvante en la atención de los grandes temas de la agenda de salud, sin invadir atribuciones ni duplicar esfuerzos.

 

Normas generales

Todos los miembros, sean remunerados o voluntarios, deben:

  • Desempeñarse siempre atendiendo a los mejores intereses y objetivos de la FMD.
  • Realizar nuestro trabajo con calidad y eficiencia.
  • Cuidar y optimizar los recursos de la FMD.
  • Abstenerse de utilizar su posición en la FMD para beneficio o lucro personal.
  • Mantenerse libre de relaciones que por su interés puedan interferir en el correcto desempeño de las funciones para la FMD.
  • No distraer los recursos económicos o en especie de la FMD para fines distintos a los objetivos de la institución.
  • Abstenerse de perseguir intereses y/o realizar actividades personales en otras organizaciones o instituciones cuando estén o puedan estar en conflicto de intereses o contraponerse a actividades de la FMD.
  • Respetar la diversidad de pensamiento e ideas de otros miembros de la FMD y promover los principios de libertad, igualdad, diversidad, respeto, transparencia, legalidad y gobernabilidad democrática.
  • No discriminar por motivos de género, religión, identidad u orientación sexual, edad, nacionalidad, origen étnico, color de piel, posición económica, condición social, estado civil, capacidad psicofísica, condición biológica o de salud, caracteres físicos, ideología, opinión política o gremial, ni ningún otro motivo no enumerado.

 

Conflictos de intereses

Todo miembro debe evitar, y en la medida en que surja, resolver, todo conflicto de interés real o potencial, así como también reconocer abiertamente todos y cada uno de los conflictos de intereses que surjan a partir de su relación con la FMD.

El conflicto de intereses describe situaciones donde los propios intereses de un asociado, miembro del Consejo Directivo, empleado o los familiares de éstos, pueden beneficiarse personalmente o en grupo, de transacciones que involucran a la FMD. La FMD no participará en proyectos o actividades que generen beneficios económicos a su Consejo Directivo. Usualmente involucra directa o indirectamente una situación donde un miembro asociado, miembro del Consejo Directivo o empleado pueda obtener un potencial beneficio. Debe evitarse cualquier posible conflicto de interés con motivo de su participación en los diversos órganos de Gobierno o derivado del puesto o posición que ocupen dentro de la FMD.

En caso de que algún integrante tuviese un conflicto de intereses que pueda interferir con su trabajo o la toma de decisiones de la organización, deberá informar su existencia y abstenerse de participar en la toma de decisiones en las que dicho conflicto exista, que será resuelto por la Dirección Ejecutiva o la Consejo Directivo, según corresponda.

 

Los miembros del Consejo Directivo deben:

  1. Actuar dando prioridad a los intereses de carácter social de la FMD, frente a intereses personales o de terceros que pudieran influir en sus decisiones, actuaciones, servicios o asesoramientos realizados en nombre de la FMD;
  2. Mantener absoluta independencia de criterio en procesos de acción y decisión;
  3. Eliminar cualquier posibilidad de actuación dolosa que pudiese verse ensombrecida por omisión, simulación, soborno o acto laboral ilícito; y
  4. Anteponer las decisiones y actividades de la FMD como bien común frente al beneficio individual y empresarial.

 

Confidencialidad

Todos los integrantes del Consejo Directivo de la FMD y del equipo operativo así como voluntarios y proveedores deben asegurar la confidencialidad de toda la información de la organización que no sea pública.

Mientras se continúe siendo asociado, miembro del Consejo Directivo, personal remunerado, voluntario o proveedor directo de la FMD, así como después de haber concluido su relación con la FMD, deberá proteger la confidencialidad de toda información reservada y confidencial que obtenga o genere en su relación con sus actividades dentro de la FMD.

 

Financiamiento

El financiamiento de la FMD proviene de donaciones, contribuciones, elaboración e implementación de proyectos sustentables asi como de los eventos o servicios desarrollados por la propia organización.

FMD no recibe aportes de instituciones, empresas o personas que pudiesen comprometer sus objetivos y/o principios.

 

Derechos Intelectuales

Los proyectos presentados por terceros o por miembros de la Asociación pasarán a ser propiedad de la FMD, en caso de que los mismos sean desarrollados bajo su nombre. Lo mismo ocurrirá en caso de que de dichos proyectos se generen recursos. La FMD asume la absoluta potestad de la totalidad de los programas y actividades que se desarrollen bajo su nombre.

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VIOLACIONES Y SANCIONES AL CÓDIGO DE ÉTICA

Las violaciones a este Código serán objeto de la sanción correspondiente acordada por el Consejo Directivo a través del análisis por parte del Comité de Ética

De forma enunciativa más no limitativa, se consideran violaciones al Código de Ética las siguientes: i. Incurrir en conflicto de intereses, votando o participando en decisiones que favorezcan directa o indirectamente el patrimonio personal, de afinidad familiar hasta tercer grado o de compañías en las que se tenga inversión, interés particular o de las que se obtenga algún beneficio con motivo de las decisiones tomadas;

  1. Incumplir disposiciones legales que generen sanciones por parte de las autoridades o daño patrimonial para la FMD;
  2. Desatender negligentemente o por omisión las políticas, normas y prácticas definidas para la administración de la FMD.

 

Consejo Directivo de la Federación Mexicana de Diabetes, A.C. 2018-2020