Proceso para obtener el Reconocimiento

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Consta de tres fases. Una vez aprobadas el producto en cuestión cuenta con el permiso de portar el logotipo de “producto reconocido por la Federación Mexicana de Diabetes, A.C.” en sus empaques y en sus respectivas campañas de difusión.

Por política de la Federación Mexicana de Diabetes, A.C., existen productos que no son sujetos para ser avalados ni reconocidos y no se puede apelar esta decisión:

Los productos que no son sujetos de obtener el RECONOCIMIENTO de la FMD son:

  • Productos farmacológicos, incluyéndose los OTC (de venta sin receta médica), salvo algunas excepciones.
  • Producto que declaren ser curativos, regenerativos o preventivos de diabetes o sus complicaciones.
  • Bebidas alcohólicas.
  • Bebidas energizantes, entendiendo por esto aquellas bebidas sin alcohol y con algunas virtudes estimulantes que ofrecen supuestas virtudes regeneradoras de la fatiga y el agotamiento, además de “aumentar” la habilidad mental y “desintoxicar” al cuerpo.
  • Productos a granel como: cereales, granos, harinas, sales, etc.
  • Mieles naturales de cualquier tipo u origen. “Productos milagro” (pastillas, bebidas, gel, jabones, cremas que ofrezcan una gran pérdida de peso sin cambios en los hábitos de alimentación o en el estilo de vida).
  • Laxantes.
  • Complementos y Suplementos Alimenticios.
  • Y todo aquel producto que no cumpla los lineamientos establecidos por la FMD.
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